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La
Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005,
de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y
reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los
productos del tabaco, se encamina
a avanzar en las limitaciones tendentes a aumentar los espacios libres de
humo del tabaco.
Modificaciones importantes complementarias a las
determinadas por la Ley 28/2005
Se prohíbe fumar en todos los espacios
cerrados públicos y de uso colectivo. Bajo este epígrafe se incorporan a
los anteriores espacios libres de humo, eliminando la posibilidad de
mantener espacios para fumadores, los bares, restaurantes, salas de
fiesta, discotecas, locales de ocio, de juego y recreativos, puertos,
aeropuertos, estaciones de trenes y autobuses.
Se modifica la redacción relativa a la
prohibición de fumar en centros sanitarios y educativos de forma que se
clarifica en ambos casos la prohibición de fumar en todo el recinto,
incluidos los espacios al aire libre y espacios cubiertos, a excepción de
los centros universitarios en los que no está prohibido fumar en los
espacios al aire libre.
Se prohíbe fumar en espacios al aire libre
destinados a menores como recintos infantiles de parques y zonas de juego
para la infancia.
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Ley 42/2010 de 30 de diciembre
(pdf)

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