TAV EN NAVARRA

  Nueva Estación Alta Velocidad de Pamplona
   
 

 

Corredor Navarro de Alta Velocidad

 

 

 

 

 

Parque Residencial Camino de Santiago

 

datos del proyecto

 

1.- ANTECEDENTES

Con fecha 7 de enero de 1997, el Gobierno de Navarra aprobó definitivamente el "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la reserva de terrenos destinados a infraestructura ferroviaria en el Área de Pamplona, tramo Acueducto de Noáin hasta Zuasti, y reubicación de la estación de viajeros", (Boletín Oficial de Navarra número 10, de 22 de enero de 1997).  BON

El 4 de septiembre de 2001, la Secretaría de Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento, aprobó técnicamente el "Estudio Informativo del Proyecto de la Nueva Red Ferroviaria en la Comarca de Pamplona: Eliminación del bucle ferroviario y nueva estación intermodal":  BON

Por Resolución de 1 de junio de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático,  se formuló Declaración de Impacto Ambiental ("Boletín Oficial del Estado" número 157, de 30 de junio de 2004).  BOE
 

Por Resolución de 7 de julio de 2004, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, se apruebó el expediente de información pública y oficial y definitivamente el citado Estudio, poniéndose fin a la vía administrativa ("Boletín Oficial del Estado" número 191, de 9 de agosto de 2004). BOE

 

2.- PROTOCOLO DE 10 DE MARZO DE 2004

Por su parte, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra, con fecha 16 de abril del 2003, convocó el "Concurso de ideas para el diseño urbanístico del área de la nueva estación ferroviaria de alta velocidad en Pamplona". El concurso propuso tres ámbitos de actuación: el Ámbito I, comprensivo de la zona donde se prevé ejecutar la futura estación y su entorno; el Ámbito II, constituido por los suelos resultantes de la desaparición de la antigua estación de tren; y el Ámbito III, integrado por los suelos del trazado de la antigua vía de tren a su paso por la comarca de Pamplona, des-tinado a desaparecer.

El 10 de marzo de 2004 se firmó en Pamplona el "Protocolo de Colaboración entre el Ministerio de Fomento, Renfe, El Gobierno de Navarra, el Ayuntamiento de Pamplona, el Ayuntamiento de Zizur Mayor y el Ayuntamiento de la Cendea de Cizur para la redacción del planeamiento urbanístico y de gestión del área afectada por la eliminación del Bucle Ferroviario de Pamplona y el desarrollo del área de la nueva estación de Alta Velocidad de Pamplona".

De acuerdo con lo previsto en dicho documento, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra contrató, el 27 de septiembre de 2004, con el equipo ganador del Concurso de Ideas convocado en 2003, "Miguel Angel Alonso y Asociados, S.A.", el contrato de asistencia técnica para la elaboración del documento de ordenación urbanística correspondiente.

En el tiempo transcurrido del contrato, se ha venido trabajando en el documento de ordenación, con ajustes en los planteamientos iniciales de la idea ganadora del concurso, siempre en coordinación y de acuerdo con las sugerencias de la Comisión Técnica de Seguimiento.

3.- SISTEMA DE GESTIÓN URBANÍSTICA

3.1.- El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal como instrumento de ordenación urbanística:

El ámbito de ordenación propuesto abarca una superficie de suelo de 2.433.865 m2, y afecta a tres municipios: Pamplona, Cendea de Cizur y Zizur Mayor.

El proyecto de ordenación pretende ordenar y resolver adecuadamente:

  • el desarrollo del área de la nueva estación de Alta Velocidad de Pamplona.
  • el nuevo trazado de la línea ferroviaria.
  • el traslado de una de las industrias químicas que más condiciona el desarrollo urbanístico de Pamplona y su zona de influencia.
  • el desarrollo y ejecución de una de las zonas con mayor potencial de desarrollo residencial y terciario de la Comarca de Pamplona.
  • la solución a importantes carencias históricas de comunicaciones viarias en la zona de confluencia de los tres términos municipales afectados.

Todos estos objetivos conllevan a la necesidad de afrontar la ordenación de tales ámbitos y su ejecución como una actuación que transciende el plano estrictamente urbanístico de los municipios parcialmente afectados y a configurarla como una actuación vertebradora del territorio y, por lo tanto, como actuación relacionada con el ámbito competencial autonómico de la Ordenación Territorial a través de la figura de los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal.

La Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, (LFOTU), regula en su artículo 42, la figura de los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal dentro de los instrumentos de ordenación territorial, atribuyéndoles como objeto la ordenación de actuaciones residenciales, de actividad económica y/o dotacionales, cuya incidencia transciende por su magnitud, importancia o especiales características que presenten, al municipio o municipios sobre los que se asienten.

Las determinaciones de los Planes Sectoriales, dado su carácter de instrumentos de ordenación territorial, vinculan al planeamiento municipal de los entes locales afectados. De este modo, el Plan Sectorial podrá desplegar sus determinaciones de ordenación sobre los planeamientos de Zizur Mayor, Cendea de Cizur y Pamplona.

Aprobación PSIS Plan de Desarrollo del Área de la Nueva Estación del Tren de Alta Velocidad y del Área de la Antigua Estación de Tren de Pamplona  BON
Ampliación del plazo de información pública PSIS  BON
Normativa del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el Desarrollo del Área de la Nueva Estación del Tren de Alta Velocidad y del Área de la Antigua Estación de Tren de Pamplona BON
Normativa

 3.2.- El Consorcio como Autoridad Urbanística:

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los Ayuntamientos de Pamplona, Zizur Mayor y Cendea de Cizur iniciaron los trámites para constituir un Consorcio denominado "Consorcio Alta Velocidad - Comarca de Pamplona" para la gestión y desarrollo urbanístico integral del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Desarrollo del Área de la Nueva Estación de Alta Velocidad y el Área de la Antigua Estación del Tren en Pamplona (Parque Residencial del Camino de Santiago), así como para establecer las relaciones patrimoniales y económicas con el Ministerio de Fomento y con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), al objeto de que el ADIF lleve a cabo la construcción de las nuevas infraestructuras ferroviarias en la Comarca de Pamplona correspondientes al nuevo trazado del ferrocarril entre Esquíroz y Zuasti y la nueva estación de Alta Velocidad de Pamplona, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, artículo 95 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y del artículo 212 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

A tal efecto, se elaboraron de manera conjunta entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los Ayuntamientos de Pamplona, Zizur Mayor y Cendea de Cizur los Estatutos del Consorcio.

Los Plenos de los citados Ayuntamientos aprobaron inicialmente los Estatutos del Consorcio.

La aprobación inicial de los Estatutos por parte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y su sometimiento al trámite de información pública previsto en el artículo 213.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra se produjo mediante Acuerdo de 5 de marzo de 2007, del Gobierno de Navarra. En dicho trámite de información pública, por un plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra (12 de marzo de 2007), se expusieron los Estatutos en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Pamplona, Zizur Mayor y Cendea de Cizur y en el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Mediante Acuerdo de 2 de mayo de 2007, del Gobierno de Navarra, se resolvió la fase de información pública y se aprobaron definitivamente los Estatutos del "Consorcio Alta Velocidad-Comarca de Pamplona" (BON Nº 62 de 18 de mayo de 2007).

3.3. Sistema de Gestión Urbanística:

El Sistema de Gestión Urbanística es el de Cooperación (Ley Foral 39/2003, de Ordenación del Territorio) considerando una sola unidad de actuación para los Ámbitos I y II.

Presentación Nueva Estación

 

 
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