QUÉ
Se eleva de un 55% a un 60% la reducción
del rendimiento neto positivo procedente del arrendamiento
de inmuebles destinados a vivienda, siempre que los rendimientos
se declaren de forma voluntaria. Esta medida se complementa,
por el lado del control tributario, con el plan específico
de lucha contra el fraude en los arrendamientos.
QUIÉN
Personas físicas que sean arrendadores
de bienes inmuebles destinados a vivienda.
CUÁNDO
Con efectos a partir del periodo impositivo
2011.
CÓMO
Cumpliendo los requisitos formales habituales
establecidos en el reglamento del IRPF, los arrendadores
de viviendas se podrán aplicar la reducción
del 60% en la declaración del IRPF.
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