QUIÉN
A los promotores de viviendas protegidas cuyos proyectos obtengan una calificación energética de la clase “A”, “B” o “C”, según lo establecido en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
CUÁNDO
Las ayudas se concederán a los proyectos realizados a partir del 15 de junio de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2011.
CÓMO
La subvención se abonará con carácter general una vez que las viviendas obtengan la calificación energética. No obstante, se podrá adelantar el 50% de las ayudas previa presentación de aval o contrato de seguro con la calificación energética provisional.
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