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Bonificación de intereses en operaciones de préstamo


Ambito del servicio


El objetivo de estas ayudas consiste potenciar la inversión productiva por parte de la empresa industrial mediante la bonificación de intereses en operaciones de préstamos, que dichas empresas obtengan para la financiación de activos fijos.


Destinatarios


Son destinatarios de las ayudas: ·

- Cualquier empresa perteneciente al Sector Industrial, es decir, cualquier empresa cuya actividad principal esté acogida dentro de los Apartados C y D de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-93), a excepción de las industrias agroalimentarias, que tienen ayudas específicas y se gestionen por el Departamento de Agricultura y que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con la definición establecida por la Comisión Europea.

- Igualmente podrán beneficiarse del presente régimen las empresas de servicios de apoyo a las industrias pertenecientes a los sectores citados, que se detallan a continuación:

                 - Depósito y almacenamiento (logística)
                 - Ingeniería; cartografía y topografía; ensayos y análisis
                  técnicos y otros servicios técnicos comprendidos en el
                  epígrafe de la CNAE:74204.

 

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Instituto de Estadística de Navarra


En el Instituto Nacional de Estadística puede completar información y conocer más a fondo la Clasificación CNAE


Prestación del servicio


La cuantía de la subvención será de hasta cinco puntos del tipo de interés concertado cada año con las entidades financieras que concedan los préstamos. En cualquier caso la subvención no reducirá nunca los tipos de interés a cargo del beneficiario por debajo del Índice del Precio del Consumo referido al acumulado del año anterior a 31 de diciembre.

La cuantía máxima de los préstamos no podrá exceder el 75 % de la inversión, ni sobrepasar los 250 millones de pesetas. Los activos objeto de inversión tendrán la consideración de nuevos (salvo los terrenos y edificios).

La duración del préstamo será libre aunque únicamente se subvencionarán los intereses de los cuatro primeros años. El período máximo de carencia será de 2 años.

Aquellos interesados en las ayudas deben presentar las solicitudes con anterioridad a la realización de las inversiones y a la formalización de contrato de préstamo.

La tramitación de las ayudas se realiza a través de las Entidades Financieras que han suscrito el Convenio de Colaboración con el Gobierno de Navarra. La solicitud se presenta ante la propia entidad, que la remitirá junto a la documentación complementaria al Servicio de Promoción Industrial, quien resuelve la concesión.

Puede completar esta información contactando con los responsables de este servicio.

   


Contacto


Sección de Fomento de la Inversión y el Empleo

Tel. 948 42 76 62- Fax 948 42 35 94
servicio.promocion.industrial@cfnavarra.es

   

Impresos


Impreso para solicitar las bonificaciones de intereses en operaciones de préstamo.


Impreso Bonificación de intereses

Normativa


Decreto Foral 361/2000, de 20 de noviembre, por el que se establece un nuevo régimen de Ayudas Financieras a la Inversión y al Empleo.(BON nº 150, de 13.12.00).

Orden Foral 22/2001, de 22 de febrero, por la que se concretan los factores de ponderación, el procedimiento y las condiciones generales para la concesión de ayudas a la inversión en forma de subvención de intereses en operaciones de préstamo y de arrendamiento financiero (BON nº 36, de 21.03.01).

 

       

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